Aprobación del padrón de agua, saneamiento y recogida domiciliaria de basura correspondiente al segundo trimestre de 2016

Aprobado el padrón de agua, saneamiento y recogida domiciliaria de basura, correspondiente al segundo trimestre 2016, por importe de total de 1.602.328,33 €, por Resolución de la Alcaldía n.º 2161/2016

Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, sólo podrá formularse el recurso de reposición regulado en los artículos 14 de la Ley 39/88, de 28 de diciembre, 108 de la Ley 7/85, de 2 de abril y 160 de la Ley General Tributaria 230/63,de 28 de diciembre (modificados por Ley 50/98, de 30 de diciembre, ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de este edicto en el "Boletín Oficial de la Región de Murcia".

No obstante, podrá ejercitar cualquier otro recurso, que estime procedente. La interposición del recurso, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, con las consecuencias legales consiguientes y se entenderá desestimado cuando no haya recaído resolución en plazo.

En cumplimiento de lo previsto en el art. 124.3 de la Ley General Tributaria, los contribuyentes afectados por dichos tributos podrán efectuar los pagos de sus deudas tributarias en las oficinas de Banco Sabadell, en horario determinado por la oficina, durante el del 01 de julio a 01 de septiembre de 2016. Asimismo, se recuerda a los contribuyentes que pueden hacer uso de la domiciliación de pago a través de Entidades Bancarias o Cajas de Ahorro.

El vencimiento del plazo de ingreso en periodo voluntario, sin haber sido satisfecha la deuda, determinará el inicio del periodo ejecutivo, el devengo del recargo de apremio y de los intereses de demora, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 127 de la Ley General Tributaria.

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