La campaña anual de vacunación antirrábica obligatoria finaliza el próximo 31 de agosto para los animales de las especies canina, felina y hurones

La vacunación e identificación se realizan en cualquiera de las clínicas veterinarias de esta localidad

La Concejalía de Sanidad recuerda que durante los meses de julio y agosto se está llevando a cabo la campaña anual de vacunación antirrábica obligatoria para los animales de las especies canina, felina y hurones.

Esta iniciativa se organiza anualmente por parte de la Consejerías de Salud y Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente conjuntamente con el Ilustre Colegio Oficial de Veterinarios de la Región de Murcia.

Este departamento municipal insiste en la obligatoriedad de la vacunación antirrábica en estas especies animales, así como en la identificación mediante microchip de los perros.

La rabia es una enfermedad vírica, que afecta a los mamíferos y por lo tanto al hombre también, de manera que con el fin de prevenir casos de rabia humana se hace necesaria la vacunación de la población animal que pueda actuar como portadora, y así disponer de un nivel de inmunización adecuado en la población animal que convive en el ambiente humano.

La vacunación antirrábica debe realizarse obligatoriamente a los perros y hurones a partir de los 3,5 meses de vida, gatos a partir de los 5 meses de vida, y proceder a la revacunación anualmente; y se considera un tratamiento obligatorio en perros, gatos y hurones, por lo que la no aplicación de la misma puede ser objeto de multa al propietario del animal.

Igualmente, se recuerda la obligatoriedad de la identificación animal de los perros en un plazo máximo de 3 meses de edad o bien un mes tras su adquisición, mediante la implantación de un microchip.

La vacunación e identificación se realizan en cualquiera de las clínicas veterinarias de esta localidad, tanto durante este periodo de campaña anual como durante el resto del año.

Desde junio de 2013 está declarada oficialmente la rabia en España, así como en otros países de la Unión Europea. El último caso oficialmente reconocido tuvo lugar ese año en Toledo.

A los animales vacunados por primera vez se les entrega una tarjeta sanitaria oficial; y si la vacunación es la segunda o posteriores el dueño del animal deberá ir provisto de la correspondiente tarjeta sanitaria.

Los animales que cumplan la edad mínima de vacunación tras la finalización de la campaña podrán acudir a cualquiera de las clínicas veterinarias para, sin sanción alguna, proceder a la misma.

A partir de la fecha de finalización de la campaña todos los perros cuyos dueños no posean la tarjeta sanitaria de vacunación ni el microchip, podrán ser recogidos como vagabundos. Por supuesto, no podrán circular por la vía pública si no van amparados por la tarjeta sanitaria debidamente diligenciada.

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