Se somete al trámite de exposición pública la nueva Ordenanza Municipal reguladora de la Gestión del Padrón Municipal de habitantes

Esta iniciativa viene a dar cobertura al "vacío legal" que existe en este supuesto y que ocasiona tantos problemas de habitabilidad y en la convivencia de los vecinos de Totana

La Concejalía de Régimen Interior ha anunciado, para su consulta previa en el portal web del Ayuntamiento de Totana, el texto de la nueva Ordenanza Municipal reguladora de la Gestión del Padrón Municipal de habitantes y de los incumplimientos de los ciudadanos en relación a sus obligaciones legales. En los próximos días también esta información se publicará en el Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM).

La consulta pública previa es un trámite obligatorio que permite la participación ciudadana en el procedimiento de elaboración de esta disposición administrativa de carácter general, a efectos de recabar la opinión de las personas y de las organizaciones más representativas afectadas por la futura norma.

Estos se refieren a los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa, la necesidad y oportunidad de su aprobación, los objetivos de la norma y las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones interesados pueden hacer llegar sus opiniones sobre estos aspectos durante un plazo de 20 días desde la publicación del presente anuncio mediante la presentación en el Registro General del Ayuntamiento de Totana, de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los objetivos que se pretenden con la futura ordenanza se concretan en reducir la gran cantidad de domicilios donde existe discordancia entre el padrón municipal y la realidad, rebajar de forma significativa la tramitación de expedientes de bajas de oficio y contribuir a una mejora del servicio municipal reduciendo las aglomeraciones y las molestias o perjuicios que se causan a los moradores reales derivadas de empadronamientos irreales.

La norma establecerá un máximo número y concreto de personas que se empadronen en una misma vivienda, en función de requisitos legales y físicos; y que se estableca la obligatoriedad de comprobación tanto de la residencia efectiva de dichas personas como de las condiciones de habitabilidad, si son adecuadas a ese número de habitantes.

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